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Sentencia C-635 de 2014

  • Foto del escritor: Diana García Niño
    Diana García Niño
  • 4 oct 2016
  • 2 Min. de lectura

Circunstancias especiales de graduación de la pena/DELITO DE INJURIA Y CALUMNIA-Retractación.

Comprende nueva reglamentación y aplicación frente a la injuria y calumnia.

Anteriormente se agrandaba la pena, si la injuria o calumnia eran publicadas en un medio de comunicación. Si era privado, se debía reducir la pena.


Ahora tras la sentencia, esto ya cuenta como injuria y calumnia, sin importar si es en privado o público.

Anteriormente si el ofendido no hacia la denuncia antes de que el periodista se retracta públicamente, el comunicador no tendría que responder por un delito penal.

Ahora la corte constitucional abre la posibilidad de una acción de reparación, que no se extingue con la rectificación.


De acuerdo con el alto tribunal, no es exacto argumentar que las ofensas consumadas solo en presencia del ofendido no causen daño, pues la integridad moral del agraviado se ve afectada incluso en esas circunstancias, lo cual justifica la sanción penal para el autor de la agresión.


Sobre la exclusión de sanción penal en los casos de rectificación, consideró que ese hecho no implica la desprotección de los derechos del ofendido, ya que, además de la acción penal, existe la acción civil de reparación, que no se extingue por la retractación de los autores de la injuria o la calumnia.


Los magistrados María Victoria Calle, Jorge Iván Palacio y Luis Ernesto Vargas formularon salvamentos parciales de voto, al considerar que la decisión debió contener un pronunciamiento de fondo sobre la infracción del principio de legalidad, así como frente al principio de prohibición del exceso.


En su opinión, una de las manifestaciones de la libertad de expresión que debe estar por fuera del ámbito del derecho penal es la consistente en proferir injurias o calumnias solo a la persona ofendida, cuando esta no trascienden a terceros, pues, en estos casos, la intervención penal no resulta necesaria ni proporcional.


Calle reiteró su posición acerca de la necesidad de declarar inexequibles los delitos de injuria y calumnia, y los demás que se les relacionaban, por ser demasiado imprecisos frente al ejercicio de la libertad de expresión.

 
 
 

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